Este sistema hace posible que los Emisores garanticen la Liquidez absoluta y en tiempo real de todos los Warrants cotizados. Un inversor puede, de esta forma, posicionarse en mercado, tanto para comprar como para vender, a un precio determinado, como si de una acción se tratase.
En el caso del segmento de Warrants y a diferencia del segmento de acciones, desde Marzo de 2005 sólo es posible lanzar órdenes a precio limitado, controlando el riesgo de operar en un mercado abierto donde participan tanto los Emisores del producto como cualquier inversor interesado. Muchos de los intermediarios que ofrecen la negociación de Warrants en España han desarrollado sistemas internos en sus herramientas de contratación que permiten al inversor establecer órdenes condicionadas o stop loss ampliando las posibilidades en la operativa.
¿QUÉ VENTAJAS LE OFRECEN LOS WARRANTS?
Atendiendo al tipo de Warrant, el inversor tiene la posibilidad de posicionarse al alza, con Warrants CALL, y/o a la baja, con Warrants PUT, sobre una gran variedad de Activos Subyacentes.
La inversión en Warrants es reducida teniendo en cuenta que la Prima de los mismos, su cotización, es un valor pequeño. Sin embargo, su potencial de beneficios es ilimitado como consecuencia de apalancar una inversión reducida sobre un Activo Subyacente con un precio mucho más grande.
La principal ventaja de los Warrants es el Apalancamiento o Efecto Multiplicación, pero ¿en qué consiste? Veámoslo con un ejemplo.
Ejemplo:
Suponga un inversor cuya expectativa en la evolución de TELEFÓNICA es alcista. El título cotiza a 14 euros que es el precio que tendrá que pagar el inversor que desee adquirir una acción.
Un segundo inversor, también espera que TELEFÓNICA suba en los próximos meses y para ello compra un Warrant CALL con precio de ejercicio (Strike) 14 euros sobre TELEFÓNICA y vencimiento 6 meses. El Warrant cotiza a 1 euro, esto es, la Prima del Warrant es 1 euro, que es el precio que tendrá que pagar el inversor por tener el Warrant en cartera.
Si analizamos la posición de los dos inversores, vemos que:
-El inversor de contado ha invertido 14 euros y tiene una acción de TELEFÓNICA en cartera.
-El inversor de Warrants ha invertido 1 euro (la Prima del Warrant) y tiene la posibilidad (el derecho) de comprar (por ser CALL) la acción de TELEFÓNICA a 14 euros.
Como vemos, el posicionamiento sobre el valor es el mismo, pero los diferencia la inversión necesaria para tener dicho posicionamiento.
-Posicionarse en TELEFÓNICA cuesta 14 euros (inversor de contado) y por lo tanto supone no disponer de Apalancamiento = 14/14 = 1
-Posicionarse en TELEFÓNICA cuando cotiza a 14 euros cuesta 1 euro (inversor en Warrants Société Générale ) y supone disponer de un Apalancamiento = 14/1 = 14 veces. En conclusión, el Warrant va a multiplicar por 14 veces el movimiento de la acción.
Suponga que TELEFÓNICA sube hasta 16,8 euros en los 6 meses siguientes, hasta el vencimiento del Warrant.
El inversor de contado puede vender a 16,8 euros la acción que tiene en cartera comprada a 14 euros y obtener una rentabilidad del = (16,8-14)/14 = 2,8/14 = +20%
El inversor en Warrants puede comprar una acción de TELEFÓNICA a 14 euros, el Warrant CALL le otorga el derecho a adquirir el subyacente al precio de ejercicio (Strike), cuando la acción cotiza a 16,8 euros. ¿Le interesará llevar a cabo su derecho?
La respuesta es, obviamente, sí, ya que, vía Warrants, puede adquirir la acción de TELEFÓNICA a un precio inferior (Strike) de lo que cotiza en Mercado. Por lo tanto, el inversor en Warrants llevará a cabo el derecho a comprar la acción de TELEFÓNICA a 14 euros para venderla en mercado a 16,8 euros, es decir, al igual que el inversor en acciones ingresará los 2,8 euros (16,8-14), teniendo en cuenta que el Warrant le costó 1 euro, su Beneficio será = (16,8-14) – 1/1 = 2,8 – 1/1 = 1,8/1 = 180%, de hecho la rentabilidad del Warrant (sin considerar el coste para el inversor) será de (16,8-14)/1 = 280%; 14 veces (Apalancamiento veces) la rentabilidad de contado, 14 x 20 = 280%.
Suponga que ambos inversores equivocan su expectativa en TELEFÓNICA, y la acción baja hasta los 10 euros en 6 meses, fecha de vencimiento del Warrant.
El inversor en Warrants sigue teniendo el derecho a comprar la acción de TELEFÓNICA a 14 euros, Warrant CALL 14 a 6 meses, eso no ha cambiado, pero la situación del valor no es favorable. ¿Le interesará llevar a cabo su derecho ahora que TELEFÓNICA cotiza a 10 euros?
La respuesta es no, de hecho, a vencimiento, su Warrant no valdrá nada y el inversor habrá perdido su inversión, que es de 1 euro.
Por otro lado, el inversor en contado tiene en cartera una acción de TELEFÓNICA que vale 10 euros por la que pagó 14 euros, con una pérdida potencial de 4 euros.
Vemos como los Warrants ofrecen un interesante efecto Apalancamiento con el riesgo limitado a la propia inversión, la Prima del Warrant, que es reducida.
El ESTILO DE LOS WARRANTS
Los Warrants de estilo “europeo” se pueden ejercer únicamente en la fecha de vencimiento.
Los Warrants de estilo “americano” permiten al tenedor del mismo, ejercer el Warrant en cualquier momento, desde la fecha de su adquisición hasta la fecha de vencimiento.
Las implicaciones de uno u otro estilo son importantes desde el punto de vista de aquel inversor o gestor que quiere ejercer en cualquier momento de la vida del Warrant.
Si el Warrant es de estilo europeo no puede ejercerse en cualquier momento a excepción de la fecha de vencimiento donde el ejercicio es automático.
Si existe un mercado secundario donde pueden negociarse los Warrants, como así sucede, este hecho puede ser obviado, de no existir, el estilo de un Warrant toma gran importancia.
El estilo americano o europeo de un Warrant no afecta a su negociación diaria en la Bolsa.
En el caso de los Warrants emitidos por Société Générale, el estilo americano es el utilizado para todas las emisiones, exceptuando aquellas referenciadas al Petróleo Brent y al Oro, que son de estilo europeo.
¿QUÉ ES LA PARIDAD y EL MÍNIMO DE NEGOCIACIÓN?
La Paridad indica el número de Warrants necesarios para tener derecho (a comprar o a vender) una unidad de Activo Subyacente. Si la Paridad es 5/1 significa que se necesitan 5 Warrants para tener derecho a 1 unidad de Activo Subyacente.
A nivel operativo, la Paridad es un parámetro que se puede despreciar, ya que un inversor puede comprar, por ejemplo: 28.963 Warrants para luego venderlos sin importar sobre cuánto Activo Subyacente se está posicionando. Sin embargo, en algunas estrategias concretas de posicionamiento o cobertura de contado o la mera inversión con Warrants a vencimiento, es un parámetro que se tiene que tener en cuenta.
No existe una cantidad mínima de negociación a la hora de operar con Warrants de Société Générale. Sin embargo, no olvide que su Sociedad de Valores aplica una comisión mínima a todas las operaciones y si, por ejemplo, compramos 5 Warrants de precio 0,20 Euros, la comisión aplicada puede superar dicho importe de compra.
Igualmente, no existe un mínimo de Warrants si se desea ejercer el derecho que el Warrant confiere en la fecha de vencimiento. Sin embargo, si el ejercicio se produce antes de la fecha de vencimiento, el número mínimo requerido es de 100 Warrants.
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